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El sistema de cotización en el RETA ha sufrido cambios

13 / 11 / 2017

La reforma contenida en la Ley 6/2017 de 24 de octubre propone cambios importantes en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) encaminadas a hacer más justo el actual sistema de cotización y adecuarlo a los ingresos reales de los autónomos, en concreto se trata de tres medidas que entrarán en vigor en enero de 2018:
1) Pago por días reales de alta: en lugar de pagar la cuota de autónomos por meses completos como hasta ahora, sólo cotizarán desde el día efectivo en que se den de alta y hasta el día en que se den de baja.
2) Cuatro plazos para los cambios de cotización: se amplia de dos a cuatro los posibles cambios anuales de base de cotización.

• Aplicación a partir del 1 de abril para las solicitudes realizadas entre el 1 de enero y 31 de marzo.
• A Partir del 1 de julio para las solicitudes realizadas entre el 1 de abril y 30 de junio.
• A partir del 1 de octubre para las solicitudes realizadas entre el 1 de julio y 30 de septiembre.
• A partir del 1 de enero del siguiente año para solicitudes realizadas entre 1 de octubre y 31 de diciembre

Y además…

LOS RECARGOS POR RETRASOS EN EL PAGO DE LA CUOTA DE AUTÓNOMOS TAMBIEN SE MODIFICAN
Las penalizaciones por retrasos en el pago de la cuota de la seguridad, que actualmente suponen un recargo del 20%, se reducen a un recargo del 10% si se paga la deuda dentro del primer mes natural siguiente.