Devolución plusvalía municipal
Recientemente, el Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales los arts. 107.1, 107.2 a) y 110.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo), confirmándose la posibilidad de recuperar la cantidades indebidamente abonadas en concepto de Impuesto sobre el Incremento del Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía Municipal), en supuestos de compraventa o herencia de inmuebles urbanos, cuando el precio de transmisión haya sido menor que el de adquisición.
Igualmente, cabe la posibilidad de reclamar las cantidades abonadas por el referido impuesto en casos en los que sí hubo beneficio, por existir un vacío legal tras la citada declaración de inconstitucionalidad.
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