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Modelo 184: presentación y aspectos a tener en cuenta

17 / 02 / 2016

Durante este mes de febrero, las entidades en régimen de atribución de rentas (comunidades de bienes, comunidades de propietarios, sociedades civiles, herencias yacentes) deben presentar el modelo 184, declarando las rentas obtenidas en 2015 y atribuyendo la parte de dichas rentas que corresponda a cada partícipe o comunero.

Es obligatorio presentar dicho modelo en los siguientes casos:

Cuando la entidad en atribución de rentas desarrolle actividad económica, independientemente de los rendimientos que obtenga.
Cuando la entidad en atribución de rentas no desarrolle una actividad económica pero haya obtenido unas rentas superiores a 3.000 euros.
Este sería el caso de una comunidad de bienes cuyos ingresos por alquiler superan la cantidad mencionada.

Entre los datos a incluir en el modelo 184 se deberá declarar:
Las rentas obtenidas, clasificadas en función de su tipología (del capital mobiliario, del alquiler, de actividades económicas…) informando sobre qué parte es imputable a cada partícipe o comunero.
Las retenciones soportadas por la percepción de dichas rentas y la parte de estas que también sea atribuible a cada partícipe o comunero.

La Orden HAP 2250/2015 que aprueba el modelo 184 introduce algunas novedades para la declaración del ejercicio 2015:

La base imponible del ahorro incorpora las ganancias y pérdidas patrimoniales que deriven de la transmisión de elementos patrimoniales con independencia del plazo de permanencia.
La entidad deberá consignar la referencia catastral de los inmuebles generadores de rendimientos de capital inmobiliario.
Se incluye una nueva clave dentro de la relación que identifica la situación de los inmuebles que permitirá consignar separadamente los inmuebles situados en Navarra o en el País Vasco.
Se incrementa el detalle de los gastos deducibles soportados que desarrollan actividades económicas.

Por último recordaros que para que los socios o comuneros declaren correctamente dichos rendimientos en sus declaraciones, la entidad deberá emitirles un certificado a cada uno informando de los rendimientos y retenciones que les han sido atribuidos en función de su porcentaje de participación.

Las multinacionales españolas aprovechan la reforma fiscal para multiplicar la repatriación de sus dividendos obtenidos de sus filiales en el extranjero.

Las empresas españolas, a través de sus filiales en el extranjero, invirtieron en su país de origen 3.165 millones de euros durante los nueve primeros meses del año pasado, frente a los 759 millones de 2014. El dinero que las multinacionales españolas trajeron de vuelta el año pasado es la mayor cifra de la serie histórica, que arranca en 1993. Otros expertos también aluden al aumento de la incertidumbre en algunos países asiáticos y Latinoamérica que provoca que las empresas españolas reduzcan el capital en sus filiales en estos países o reinviertan los beneficios en la matriz situada en España.