Novedades para los autónomos (empresarios y profesionales) desde 1-1-2018. Deducibilidad de los gastos de suministros domésticos y de manutención
Una nueva regulación sobre los referidos gastos nos aporta una mayor seguridad en la deducción fiscal.
Los conceptos afectados y requisitos son:
• Deducción del 30% del gastos por suministros domésticos:
o Que haya manifestado ante la AEAT que trabaja desde casa (M 036)
o Gastos afectados: electricidad, gas, agua, telefonía e internet.
o El 30% se aplicará sobre la proporción de la superficie afecta a la actividad: una vivienda de 100 m2 afecta a la actividad en 20 m2 (20%), supone deducir el 6% (30%*20%= 6%) del gasto total de la vivienda por tales conceptos.
• Gastos por manutención diaria hasta 27,27 sin pernoctar y de 53,34 € pernoctando €:
o Vinculación del gasto a la actividad (no siempre será fácil de acreditar).
o Se realice en establecimientos de hostelerías (la estancia en hotel, se siguen deduciendo de manera independiente con su factura)
o Que el gasto se pague por medios electrónicos.
o Se disponga de la factura.