Termina la reducción de tipos en el IVA de los alimentos
Los tipos de IVA que fueron objeto de reducción en 2023 van a volver a la normalidad de forma progresiva durante 2024, llegado a retomar sus valores originales el 1 de enero de 2025, con la salvedad de mantener el aceite de olliva como producto de primera necesidad. Puede ver el detalle en el archivo que se acompaña a esta noticia.
Si su empresa comercializa este tipo de productos y tiene que emitir facturas rectificativas por algunas de sus ventas, en dicha factura rectificativa deberá utilizar el tipo vigente en el momento del devengo, es decir en el momento de la venta y no en el de la rectificación.
Si algún cliente le devuelve mercancía y el IVA en el momento de la devolución ha variado respecto al de la factura originaria, deberá emitir factura rectificativa específica por dichas devoluciones aplicando el IVA original, y no podrá esperar a descontar su precio de otras entregas posteriores.