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VERIFACTU:Nuevas obligaciones en la facturación desde julio de 2025

16 / 09 / 2024

Importante reforma normativa en materia fiscal, relacionada con la implantación del nuevo sistema Verifactu.
Esta medida, derivada de la Ley Antifraude, busca fortalecer la transparencia y modernizar los procesos de facturación de las empresas, a fin de combatir el fraude fiscal de manera más efectiva. A continuación, les explicamos en detalle cómo les afectará y los pasos necesarios para su cumplimiento.

¿Qué es el Sistema Verifactu?
El Sistema Verifactu está impulsado por la Agencia Tributaria (AEAT) y exigirá la generación de un registro electrónico para cada factura emitida, anulación o rectificación. Este sistema tiene como objetivo garantizar que los registros de facturación cumplan con los principios de integridad, conservación, accesibilidad, trazabilidad e inalterabilidad, facilitando su revisión y control por parte de Hacienda.
Características principales:
• Declaración responsable: Los sistemas de facturación deberán disponer de una declaración responsable, confirmando que cumplen con la normativa recogida en el Reglamento y su desarrollo que será aprobada mediante Orden Ministerial.
• Registro de eventos: Se deberá registrar cualquier actividad en el programa de facturación, de modo que se garantice la trazabilidad y el control, manteniendo dichos registros hasta la prescripción de las obligaciones tributarias.
• Envío de información a la AEAT: Los contribuyentes podrán optar por enviar sus registros de forma automática a la AEAT, o conservarlos en sus sistemas, disponibles para su remisión en caso de requerimiento.
¿A quién afecta?
El sistema Verifactu afectará a todos los contribuyentes que realicen actividades económicas, independientemente de si tributan por IRPF o por el Impuesto sobre Sociedades. No obstante, esta normativa no se aplicará en los territorios forales ni a aquellas empresas que ya estén acogidas al Suministro Inmediato de Información (SII).
Modalidades del Sistema Verifactu
El contribuyente podrá optar entre dos modalidades de cumplimiento:
- Opción Verifactu: Envío automático, en tiempo real, de cada registro de facturación, a la AEAT. Esta opción es la que fomenta y recomienda la Administración.
- Opción No Verifactur: Registro sin envío. Cada registro cumple los requisitos exigidos pero son conservados por el empresario hasta su solicitud mediante requerimiento.
El software obligatorio certificado tiene que permitir ambas opciones aunque se opte, lógicamente, por una de ellas.
A continuación se muestra de forma resumida una comparativa entre ambas opciones
Modalidad Verifactu(envío auttomático) Modalidad no Verifactu(envío en caso de requerimiento)
Se presume cumplimiento lo que implica menor presión de control tributario. Mayor probabilidad de controles para comprobar el cumplimiento de la normativa
Denota voluntad de transparencia Solo se envían registros en caso de requerimientos.
Facturas verificables por los clientes Facturas NO verificables por los clientes
Menor nivel de obligaciones Obligaciones adicionales para garantizar la inalterabilidad, integridad,etc…
Acceso a ayudas y servicios fiscales adicionales NO da acceso a ayudas y servicios fiscales
Registros de facturación bajo responsabilidad de la Aeat LA conservación de las facturas sigue siendo responsabilidad del contribuyente
Se requiere conexión permanente a internet No requiere conexión permanente a internet

Identificación de las Facturas Verifactu
Las facturas generadas bajo el sistema Verifactu deberán cumplir con ciertas características específicas que permitan su identificación:
• Código QR: Todas las facturas Verifactu deberán incluir un código QR que contenga los datos identificativos de la factura.
• Referencia explícita a Verifactu: Las facturas deberán indicar que han sido generadas a través de un sistema que cumple con los requisitos de emisión verificable, mediante la expresión “Veri*Factu”.
• Envío de información a Hacienda: La factura podrá ser remitida electrónicamente a la AEAT mediante un dispositivo de lectura del código QR.
Plazo de Adaptación
El Real Decreto 1007/2023, aprobado el 5 de diciembre, establece que el uso del sistema Verifactu será obligatorio para todos los contribuyentes a partir del 1 de julio de 2025. Se recomienda a las empresas comenzar a adaptar sus sistemas de facturación cuanto antes, para asegurar el cumplimiento dentro de los plazos previstos.
Ventajas del Sistema Verifactu
1. Transparencia y confianza: Las empresas que utilicen Verifactu demostrarán un alto grado de transparencia fiscal, lo que incrementará la confianza de sus clientes.
2. Facilidad en la gestión contable: El envío automático de los registros a la AEAT permitirá que en un futuro los modelos tributarios se simplifiquen, al contar Hacienda con toda la información de manera directa.
3. Reducción del fraude fiscal: Este sistema contribuirá a disminuir el fraude fiscal, promoviendo una economía más transparente y reduciendo la economía sumergida.
4. Digitalización y ahorro: Verifactu fomenta la digitalización de las empresas, optimizando tiempo y recursos.
Conclusión
El sistema Verifactu supone una transformación en los procesos de facturación que contribuirá a mejorar la transparencia y eficiencia en las relaciones entre las empresas y la Administración Tributaria. Para evitar posibles sanciones y dificultades operativas, les recomendamos revisar sus sistemas de facturación y realizar las adaptaciones necesarias.
Para cualquier consulta o asistencia sobre cómo implementar el sistema Verifactu en su empresa, no duden en ponerse en contacto con nosotros.
Importante: estamos a la espera de que la Agencia tributaria concrete la puesta a disposición en su web de una aplicación que permita emitir las facturas cumpliendo la normativa y que estaría enfocado a pequeñas empresas y autónomos. A la fecha de esta publicación no se conocen los detalles. Lo que sí está claro que esta posiblidad sólo está contemplada para la opción de envío automático.

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