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Ya tenemos Nueva Ley de Autónomos

18 / 10 / 2017

Esta semana está prevista su publicación en el BOE, vaya aquí un adelanto de las medidas más destacadas.

1. Bonificaciones en la cuota de autónomos
Para nuevos autónomos:
• Se amplía a 24 meses la tarifa plana para nuevos autónomos
• Reducción de los requisitos de acceso: se flexibilizan las condiciones, reduciendo el plazo sin cotizar en autónomos a dos años en lugar de cinco como se exige ahora.
• Autónomos que emprenden por segunda vez: se abre la puerta a que se beneficien de nuevo de la tarifa plana siempre y cuando hayan transcurrido tres años de baja en el Régimen Especial de Autónomos (RETA).
Para madres y padres autónomos:
• Tarifa plana para las madres autónomas que habiendo cesado su actividad se reincorporen al trabajo incluso dos años después del cese o bien bonificación del 80% de la cuota por contingencias comunes conforme a otras bases de cotización que no sean la mínima.
• Exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año a trabajadores por cuenta propia encargados del cuidado de menores o personas dependientes por el cuidado de menores o dependientes, para garantizar una mejor conciliación laboral y familiar.
2. Deducciones fiscales
Gastos de electricidad, gas y telefonía
La nueva ley también dará al autónomo que trabaje desde casa la opción de deducirse en un 30% en el IRPF los gastos de los suministros de electricidad, gas y telefonía. Hoy por hoy la Dirección General de Tributos sólo acepta la desgravación en caso de disponer de contador separados, algo nada habitual que deriva en la no deducción de estos gastos o, en su defecto, en la deducción errónea.
27,67 € de gasto por manutención
Finalmente sabemos que será 27,27€ el importe diario de los gastos por manutención que el autónomos podrá deducirse . Esta cifra se verá incrementada a 48€ si la el trabajador por cuenta propia está desarrollando su actividad en el extranjero.
3. Sistema de cotización en el RETA
La reforma propone cambios importantes en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) encaminadas a hacer más justo el actual sistema de cotización y adecuarlo a los ingresos reales de los autónomos:
Cuatro cambios anuales de la base de cotización
Se añaden dos nuevos periodos de cambio de la cotización.
Sistema de bajas y alta: pago de cuota por días trabajados
La nueva ley contempla un total de tres bajas y tres altas anuales y el pago proporcional por los días de trabajo.
Devoluciones por exceso de cotización
Hoy por hoy los autónomos en situación de pluriactividad pueden reclamar su derecho a la devolución del 50% del exceso de cotización siempre y cuando la cuantía sea igual o superior 12.368,23€. La reforma contempla la devolución sin solicitud expresa por parte del interesado.
Cambios en la cotización del autónomo societario
Es una de las principales reivindicaciones de las asociaciones de autónomos. Tras una subida de la base mínima de cotización del autónomo societario de un 8%, la reforma venidera incluye la desvinculación de la cotización del autónomo societario al SMI y el grupo A del Régimen General.
Recargos en el retraso por pago de cuota
Las penalizaciones por retrasos en el pago de la cuota a las Seguridad quedarán de la siguiente manera: un 10% en el primer retraso y a partir del segundo el 20%.
4. Pensión del autónomo empleador
Si eres trabajador por cuenta propia en edad de jubilación y tienes personal contratado en tu negocio podrás compaginar tu actividad y recibir el 100% de la pensión. Hasta el momento, los autónomos en esta situación solo reciben el 50% de la prestación.
5. Bonificaciones a la contratación
Contratación de familiares de forma indefinida
Los autónomos que den trabajo a familiares (padres, hijos, hermanos, pareja, abuelos, suegros, nietos, yernos y nueras) no se verán limitados por el número de contrataciones y el perfil del empleado como actualmente, ya que las ayudas solo se conceden en el caso de contratos a jóvenes menores de 30 o un familiar menor de 45 años. La reforma de la ley de emprendedores contempla la bonificación total de las cotizaciones a la Seguridad Social por cada contrato indefinido a un familiar siempre y cuando en el año anterior no haya habido ningún despido improcedente.
6. Salud laboral del autónomo
La Seguridad Social no contempla el accidente de trabajo in itinere, es decir el ocurrido en la ida o vuelta al trabajo, entre los inscritos en el RETA pero la nueva ley de autónomos cambiará esta exclusión.
7. Representación de los autónomos
Las principales asociaciones de autónomos ampliarán su visibilidad y representación al pasar a considerarse de utilidad pública y reconocer con ello su labor en el tejido económico. Además, en el plazo máximo de un año desde la aprobación de la ley formarán parte del Consejo Económico y Social (CES) y del Consejo del Trabajo Autónomo.


Para concretar cualquier duda relacionada con la entrada en vigor de la nueva ley no dude en ponerse en contacto con el despacho.